Paquete ómnibus y CSRD: qué cambia para las cooperativas agroalimentarias en 2026
El paquete ómnibus entró en vigor el 18 de marzo de 2026 como Directiva (UE) 2026/470, publicada en el Diario Oficial de la UE el 26 de febrero. Su efecto más visible: el número de empresas obligadas a reportar bajo la CSRD cae de unas 50.000 a alrededor de 5.000 en toda Europa. Para la mayoría de entidades, cooperativas y empresas socias del sector agroalimentario español, la obligación formal de reporting ESG desaparece —al menos de momento—. Pero quedarse fuera del perímetro obligatorio no significa que los datos de sostenibilidad dejen de ser relevantes.
Lo que el paquete ómnibus no cambia: la presión de la cadena de valor, las exigencias de inversores y entidades financieras, y los requisitos de grandes clientes distribuidores que sí reportan bajo la CSRD y necesitan datos de sus proveedores. En este artículo encontrarás qué ha cambiado exactamente, qué plazos aplican en España y qué deben vigilar las cooperativas aunque hayan quedado exentas.
Qué ha cambiado en la CSRD con el paquete ómnibus
La CSRD —Directiva de Información Corporativa en materia de Sostenibilidad— exigía antes reportar a empresas con más de 250 empleados o 40 millones de euros de facturación. El paquete ómnibus eleva ese umbral de forma drástica: a partir del 1 de enero de 2027, solo están obligadas las entidades que cumplan los dos criterios de forma simultánea:
| Criterio | Umbral anterior (CSRD original) | Umbral tras el paquete ómnibus |
|---|---|---|
| Empleados | > 250 | > 1.000 |
| Facturación neta | > 40 M€ | > 450 M€ |
| ¿Ambos criterios a la vez? | No exigido (bastaba uno) | Sí, los dos simultáneamente |
Con los nuevos umbrales, el 80% de las empresas inicialmente afectadas quedan fuera del perímetro obligatorio. La mayoría de cooperativas agroalimentarias españolas no alcanzará esos dos umbrales simultáneamente y, por tanto, no tendrá obligación formal de reporting CSRD a partir de 2027. Además, el paquete ómnibus elimina el sistema de «olas» de incorporación progresiva: todas las empresas obligadas comparten ahora el mismo umbral y el mismo calendario.
Plazos clave del paquete ómnibus que las cooperativas deben seguir
El marco regulatorio no está cerrado. Estos son los hitos pendientes que pueden afectar a entidades, cooperativas y empresas socias del sector agroalimentario:
| Fecha | Hito |
|---|---|
| 18 marzo 2026 | Entrada en vigor de la Directiva (UE) 2026/470 — paquete ómnibus |
| 19 julio 2026 | Publicación del estándar VSME (voluntario para pymes y cooperativas) |
| Septiembre 2026 | Publicación de los ESRS simplificados (acto delegado) |
| 19 marzo 2027 | Plazo para transposición nacional en España — hasta entonces sigue vigente la Ley 11/2018 |
| 1 enero 2027 | Aplicación del nuevo perímetro CSRD — la mayoría de cooperativas sale formalmente del ámbito obligatorio |
| 2028 | Primer reporte obligatorio bajo la CSRD revisada (sobre ejercicio 2027) |
| Julio 2029 | Aplicación de la CSDDD revisada (diligencia debida en cadena de suministro) |
| Abril 2031 | Primera revisión de umbrales del paquete ómnibus — pueden volver a bajar |
El último punto es crítico: los umbrales no son permanentes. La Directiva establece una revisión obligatoria en abril de 2031 y cada tres años a partir de entonces. Cooperativas que hoy quedan fuera pueden volver a quedar dentro.
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Por qué las cooperativas exentas deben seguir midiendo sus indicadores ESG
Salir del perímetro obligatorio de la CSRD no elimina la demanda de datos ESG. Hay tres canales por los que esa presión llega igualmente a las cooperativas, independientemente del paquete ómnibus:
Primero, la cadena de valor. Las grandes empresas que sí reportan bajo la CSRD necesitan datos de sus proveedores directos para completar su informe. El paquete ómnibus limita el volumen de información que pueden exigirles —acotado al estándar VSME—, pero no elimina esa solicitud. Una cooperativa proveedora de una gran distribuidora o exportadora seguirá recibiendo cuestionarios ESG.
Segundo, la financiación sostenible. Las entidades financieras con exposición al sector agroalimentario aplican criterios de taxonomía verde en sus modelos de riesgo. Una cooperativa sin datos ESG estructurados tiene más dificultades para acceder a líneas de financiación sostenible y a fondos europeos de la transición ecológica, independientemente de si está obligada o no por la CSRD tras el paquete ómnibus.
Tercero, los contratos de exportación. Los grandes distribuidores europeos —especialmente en mercados del norte de Europa— incorporan requisitos ESG en sus pliegos de contratación y en las auditorías de proveedores. El paquete ómnibus no modifica esa dinámica de mercado. Conectar esos datos con los indicadores trimestrales del Observatorio permite tenerlos disponibles cuando la cadena de valor, el banco o el cliente los pidan.
Errores frecuentes al interpretar el paquete ómnibus en el sector cooperativo
El primero es interpretar la exención como el fin de la sostenibilidad medible. El paquete ómnibus reduce la obligación formal, no la relevancia estratégica. Las cooperativas que aprovechen la exención para abandonar el seguimiento ESG perderán posición competitiva frente a las que mantengan el sistema de datos voluntariamente.
El segundo es confundir el paquete ómnibus con el RD 214/2025 de huella de carbono. Son marcos distintos. El Real Decreto 214/2025, publicado en el BOE el 12 de abril de 2025, crea el registro de huella de carbono en España con obligaciones específicas de cálculo, planes de reducción y publicación de información con hitos desde 2026. Quedar exento de la CSRD por el paquete ómnibus no exime de las obligaciones del RD 214/2025 si la cooperativa entra en su ámbito.
El tercero es no seguir la transposición española. En España, la Directiva (UE) 2026/470 debe transponerse antes del 19 de marzo de 2027. Hasta entonces, sigue vigente la Ley 11/2018 de información no financiera. El texto de transposición puede introducir particularidades nacionales que afecten al perímetro o a los plazos concretos para cooperativas españolas, por lo que conviene seguir su tramitación.
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Las cooperativas y empresas socias del Observatorio cuentan con acompañamiento técnico para interpretar los cambios del paquete ómnibus, evaluar su posición frente a la CSRD y estructurar un sistema de indicadores ESG voluntario dentro del espacio de datos del Observatorio.
Preguntas frecuentes sobre el paquete ómnibus y la CSRD para cooperativas agroalimentarias
¿El paquete ómnibus exime a todas las cooperativas de reportar sostenibilidad?
A la mayoría, sí, en cuanto a obligación formal. A partir de 2027, solo están obligadas las entidades que superen simultáneamente los 1.000 empleados y los 450 millones de euros de facturación neta. La mayoría de cooperativas agroalimentarias españolas no alcanza esos dos umbrales a la vez. Pero la exención del paquete ómnibus es de la obligación legal, no de la presión de mercado: clientes, inversores y entidades financieras seguirán solicitando datos ESG.
¿Cuándo tiene que transponerse el paquete ómnibus en España?
El plazo para que España adapte la Directiva (UE) 2026/470 a su legislación nacional es el 19 de marzo de 2027. Hasta que se publique esa norma de transposición, sigue vigente la Ley 11/2018 de información no financiera. El texto español puede introducir especificidades en el perímetro o los plazos del paquete ómnibus, por lo que conviene seguir su tramitación parlamentaria.
¿Qué es el estándar VSME y para qué sirve a las cooperativas?
El VSME (Voluntary Standard for SMEs) es el estándar de reporte ESG voluntario para pymes y entidades fuera del perímetro obligatorio de la CSRD. El propio paquete ómnibus encomienda a la Comisión Europea su publicación antes del 19 de julio de 2026. Las cooperativas que quieran responder de forma estructurada a las solicitudes de datos de sus clientes grandes pueden usar el VSME como marco sin asumir la carga del reporte completo CSRD.
¿El paquete ómnibus cambia algo en la diligencia debida (CSDDD)?
Sí. La CSDDD revisada eleva el umbral de obligación a empresas con más de 5.000 empleados y facturación superior a 1.500 millones de euros, con plazo de cumplimiento en julio de 2029. Para las cooperativas, el impacto más relevante del paquete ómnibus es indirecto: las grandes empresas que sí están en el ámbito de la CSDDD solo pueden pedir información de diligencia debida a proveedores directos, limitada al estándar VSME.
¿Qué deben hacer ahora las cooperativas ante el paquete ómnibus?
Tres acciones concretas: verificar si la cooperativa supera o no los nuevos umbrales del paquete ómnibus; seguir la transposición española de la Directiva (UE) 2026/470 prevista antes de marzo de 2027; y mantener o iniciar un sistema básico de indicadores ESG voluntario —aunque no haya obligación legal— para responder a la cadena de valor, a los bancos y a los clientes que sí reportan. El Observatorio de Sostenibilidad Anecoop ofrece a sus entidades, cooperativas y empresas socias el acompañamiento técnico para hacer ese seguimiento dentro del espacio de datos del Observatorio.






